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SERVICIO DE INFORMACION SOBRE HIPOTECAS

 

Documentación básica para solicitar una hipoteca.


Empleados

1. Original y copia de las últimas tres nóminas.
2. Copia de la última Declaración de la Renta (para los del Reino Unido es el P60).
3. Formularios debidamente cumplimentados.
4. Original y fotocopia del pasaporte.
5. Original y fotocopia de la Residencia / NIE
6. Copia de la Nota Simple de la propiedad. Se pide en el Registro de la Propiedad.
7. Lista de recursos económicos.

Autónomos:

1. Copia de las devoluciones de IVA de los últimos 2 años.
2. Devolución del IVA (VAT) y del impuesto a la renta.
3. Hojas de balance.
4. Los tres últimos extractos del banco.
5. Formularios debidamente cumplimentados.
6. Original y fotocopia del pasaporte.
7. Original y fotocopia de la Residencia / NIE.
8. Copia de la Nota simple de la propiedad. Se pide en el Registro de la Propiedad.
9. Lista de recursos económicos.

** La lista de recursos económicos debe incluir todo lo referente a ingresos extras, otras propiedades, coches, acciones, etc. Esto permitirá al banco evaluar con precisión su estado financiero.

COSTOS DE LA VENTA / COMPRA / O TRANSACCIONES DE PRÉSTAMO
SALES / PURCHASE / LOAN TRANSACTION COSTS :

Tasación

La tasación es el cálculo del valor de la propiedad que Ud. va a comprar. Lo realiza una compañía independiente designada por el banco. Es a través de esta valoración que el banco determina el máximo del préstamo que puede Ud. pedir. El banco descuenta automáticamente de su cuenta el pago a la compañía tasadora. Hay que pagar este servicio se apruebe la hipoteca o no.

Registro de la Propiedad


Para poder pedir toda la información legal sobre la propiedad que va a comprar deberá pagar una pequeña cantidad al Registro de la Propiedad, que, también se vuelve a pagar una vez que Ud. haya puesto las escrituras a su nombre y vuelva a registrar la propiedad, si es el caso, también se registra si existe una hipoteca sobre la propiedad.

Notario

Para certificar la legalidad del contrato de compraventa de la propiedad y verificar que la hipoteca es autentica, necesitará los servicios de un Notario. Estos servicios llevan un cargo.
Nota: Cualquier compraventa que se firme sin la presencia de un Notario no será registrada legalmente.


Gastos de administración

La entidad financiera le cargará unos gastos de gestión. Estos pagos no deben confundirse con los gastos que le cobrará cualquier profesional que actué en nombre del comprador. Estos gastos se cobrarán por separado.

Gastos bancarios.

Es esencial asegurarse que todos los gastos y las tasas del banco que financie la hipoteca estén debidamente claras. Asegúrese de que toda lo referente a pagos y a cancelaciones este debidamente especificado por escrito y que Ud. lo entiende.

• Es normal añadir un 10 % al precio de compra para que cubra todos los gastos, tasas e impuestos a pagar.
• Es también normal tener una provisión de fondos para el abogado que se encargue de las gestiones. Este fondo se utilizará para cubrir todos los gastos antes mencionados para que el contrato de compraventa y el registro de la propiedad a su nombre se hagan correctamente.
• Una vez que todos lo pagos estén hechos el abogado le devolverá la diferencia que no haya sido usada.
• La minuta del abogado varía de acuerdo al precio de la propiedad. Es usual que cobre aproximadamente el 1,5% del valor de la compra.

OBLIGACIONES FISCALES

IVA (valor de impuesto añadido)

Si va a comprar una propiedad nueva (de primera mano) tendrá que pagar el IVA que corresponde aproximadamente al 7% del valor de la escritura.
También hay un impuesto de 0.5% (AJD) que hay que pagar en propiedades nuevas.

IMPUESTO DE TRANSFERENCIA

Hay un impuesto del 6% del valor de la escritura (ITP) que hay que pagar si la propiedad a comprar no es de primera mano.

SELLOS

Este impuesto varía entre el 1,5% y el 2% del valor de la hipoteca (0,5% del valor de garantía de la hipoteca)

De acuerdo con la ley actual, el impuesto de plusvalía lo paga el vendedor de la propiedad a no ser que las partes hayan llegado a otro acuerdo.


** Hay que tener cuidado ya que pude ser que Hacienda no acepte el precio de compra declarado en la escritura si cree falsa la cantidad, teniendo el derecho a incrementarla con el consecuente aumento del impuesto a pagar.
Eso suele ocurrir cuando el vendedor no quiere declarar el total de la venta con el propósito de reducir el impuesto por ganancias de capital.


VERIFICACIONES ANTES DE LA COMPRA

Antes de firmar cualquier documento legal, hay una serie de puntos que investigar en relación con la propiedad que se desea comprar.

1 – Hay que verificar que la propiedad esté debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad para que no haya problemas a la hora de traspasar las escrituras a su nombre una vez hecha la compra.

2 – Hay que verificar que la propiedad no tenga ninguna deuda pendiente, esto se puede comprobar con la nota simple que se consigue en el Registro de la Propiedad.

3 – Hay que verificar que el pago del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) correspondiente este totalmente al día. Esto se puede comprobar con el último recibo.

4 – Si es el caso, verificar que todos los recibos de la comunidad estén al día. El ultimo recibo mostrara que es lo que paga cada vecino y por que. Es muy importante obtener un estatuto de la comunidad ya que tendrá que atenerse a las reglas y leyes aprobadas.

5 - Verificar que las facturas del agua, electricidad y teléfono estén pagadas y al día.

** Seria buena idea asegurarse de que los vendedores no cancelen el agua ni la luz ni el teléfono ya que es más fácil cambiar los contratos de nombre que hacer contratos nuevos.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS.

Tipos de hipotecas:

Fijas

El tipo de interés es fijo durante todo el tiempo que dure la hipoteca.

No varía la cuantía de la cuota durante toda la vida del préstamo. De manera que usted conoce en todo momento cuál es la cuota a aplicar.

Se evitan incertidumbres ante una hipotética fluctuación de los tipos de interés.

Puede planificarse financieramente sin riesgo de equivocación.

El plazo máximo para este tipo de préstamos son 12 años


Variable:

El interés es fijo el primer año y cada año se vuelve a ajustar aplicando, un índice de revisión anual más un diferencial.

Estas hipotecas tienen un plazo de 30 años.

Mixto:

Es una combinación de los otros dos. La modalidad de préstamo hipotecario Mixto es el que combina un tipo fijo para los cinco primeros años y, a partir de entonces, el interés se fija del mismo modo que el préstamo hipotecario variable (índice más un diferencial).


¿Que tipo de interés le conviene mas?

Esto depende de muchos factores como por ejemplo el interés en el mercado, las previsiones futuras, su poder adquisitivo, el riesgo que quiera correr, su conveniencia, etc.
En épocas de bajo interés, una hipoteca con interés variable es recomendable, claro que corre el riesgo de que el interés pueda subir.
Si Ud. prefiere la seguridad de saber lo que va a pagar exactamente el tiempo que dure la hipoteca, entonces una hipoteca de interés fijo será la mejor.

¿Puedo ajustar los plazos a mis ganancias y a la subida del coste de la vida?

SI. La hipoteca IPC del Banco Atlántico le permite ajustar su hipoteca al coste de la vida para mantener cada año el mismo nivel de su poder adquisitivo y así evitar sorpresas.

La cuota indicada permanece invariable durante el primer año, incrementándose anualmente en el IPC del año precedente al que tenga lugar la revisión. El plazo medio de la operación se ajusta al alza o a la baja según la evolución de los precios de mercado contemplados en la base de la revisión.


Gastos de apertura de una hipoteca.

Gastos de apertura: se paga un porcentaje por el total de la cantidad a financiar. En el Banco Atlántico esta comisión es del 1.50% del total.


Gastos de tasación: se le cargarán a su cuenta. La empresa encargada de este servicio le dará la factura correspondiente.


Seguro contra incendios: Porcentaje anual fijado según la tarifa oficial, este varía entre el 0.025% y el 0.042% del precio de la propiedad dependiendo de la situación y del tipo de construcción.

¿Que es la subrogación?

La Subrogación consiste en el cambio de hipoteca de una entidad financiera a otra, variando el tipo de interés, y manteniendo las mismas condiciones en cuanto a vencimiento de la operación e importe pendiente de amortizar.

¿Como pido una subrogación? ¿Que tengo que hacer?

Ud. puede ir a cualquier sucursal de su banco donde le informaran de sus ofertas para la subrogación.
Una vez que Ud. haya entregado los documentos necesarios el banco le dará una oferta. Si Ud. acepta, el banco se encargará de avisar al banco donde ya tiene su hipoteca.
Este banco debe, en no más de 7 días, confirmar la cantidad pendiente del préstamo. Dentro de los próximos 15 días posteriores a haber recibido el certificado, tendrá que firmar el contrato de subrogación y su hipoteca será trasladada al nuevo banco escogido por Ud.

¿Que es una novación?

Consiste en cambiar las condiciones actuales del préstamo en la misma entidad financiera que se lo concedió. Se puede cambiar el tipo de interés, la duración de la hipoteca, y también la cantidad del préstamo.

¿Como pido una novación?

Tiene que ir al banco y pedir que mejoren las condiciones de su hipoteca con el fin de ajustarla al mercado actual.

Si necesita más información, por favor no dude en ponerse en contacto con nosotros. Le facilitaremos una cita con el Banco Atlántico que le hará un estudio personalizado de su situación y le guiará por el mejor camino.

La información personal se entregará directamente al banco.

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